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Verifactu: qué cambia en tus facturas y cuándo

Si facturas con un programa, en 2027 tendrá que cumplir unas reglas nuevas. Quién está obligado, las fechas y qué hacer si facturas poco.

Por David C. · 6 min de lectura Revisado el 2026-09-25

En 20 segundos

Si haces tus facturas con un programa, ese programa tendrá que cumplir unas normas nuevas de Hacienda. Las fechas: antes del 1 de enero de 2027 para las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto, autónomos incluidos. Si facturas poco, Hacienda tiene una aplicación gratuita que ya cumple.

Verifactu lleva dos años sonando y cambiando de fecha, así que es normal no tener claro si te toca. Esta guía va a lo práctico: si te afecta, cuándo y qué hacer.

La idea de fondo es sencilla. Hacienda quiere que una factura, una vez hecha, no se pueda borrar ni cambiar sin dejar rastro. Es como pasar de escribir las cuentas a lápiz a escribirlas a bolígrafo: se pueden corregir, pero la corrección se ve.

¿Te afecta?

Te afecta si tienes un negocio en España, haces facturas y las haces con un programa informático de facturación. Da igual que seas autónomo o sociedad.

Hay excepciones que conviene conocer:

  • Si facturas solo a mano, con talonario, no te afecta. La Agencia Tributaria lo dice así en sus preguntas frecuentes.
  • Si usas Word o Excel solo para escribir la factura e imprimirla, Hacienda no lo considera un sistema de facturación. Pero si la hoja de cálculo hace algo más, como llevar el libro de facturas con fórmulas o macros, entonces sí.
  • Si ya envías tus libros a Hacienda por el SII (el suministro inmediato de información, que usan sobre todo las empresas grandes), no te afecta.
  • En el País Vasco y Navarra rigen sus propias normas.

Lo de Excel es la duda que más me encuentro, y la respuesta depende de cómo lo uses. Si estás en esa situación, pregúntale a tu gestor con tu hoja delante.

Las fechas, ya definitivas por ahora

El Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, movió los plazos otra vez:

  • Sociedades (quienes pagan el Impuesto sobre Sociedades): antes del 1 de enero de 2027.
  • El resto, autónomos incluidos: antes del 1 de julio de 2027.

Digo «por ahora» porque ya se ha aplazado más de una vez. Pero no conviene dejarlo para el último mes: cambiar de programa de facturación con prisas es de las cosas que salen mal.

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Qué cambia en la práctica

Para ti, casi nada en el día a día. El cambio está en el programa, que tendrá que:

  • Guardar cada factura de forma que no se pueda alterar sin que quede constancia.
  • Poner un código QR en la factura. Quien la recibe puede escanearlo para comprobarla con Hacienda.
  • Funcionar en una de dos formas: mandar a Hacienda un resumen de cada factura en el momento de hacerla (la modalidad VERI*FACTU), o guardar esos registros con garantías y entregarlos si Hacienda los pide.

Lo que sí te toca es asegurarte de que el programa que usas está adaptado. Pregúntaselo a quien te lo vende o lo mantiene, y pide que te lo confirme por escrito.

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Si facturas poco: la aplicación de Hacienda

En octubre de 2025 la Agencia Tributaria sacó una aplicación de facturación gratuita, pensada para «autónomos, profesionales y empresas con un volumen reducido de facturas». Hace las facturas y envía los registros a Hacienda cumpliendo Verifactu.

No la he probado a fondo, así que no te diré si es cómoda. Pero para quien hace pocas facturas al mes es una opción sin coste y hecha por la propia Hacienda, lo que quita la duda de si cumple.

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Qué hacer ahora

  1. Mira cómo haces hoy tus facturas: a mano, con Word o Excel, o con un programa.
  2. Si es con un programa, pregunta si estará adaptado a Verifactu y desde cuándo.
  3. Si es con Excel, revisa con tu gestor si tu forma de usarlo cuenta como sistema de facturación.
  4. Si facturas poco, echa un vistazo a la aplicación gratuita de la Agencia Tributaria.

Norma oficial

Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (reglamento de los sistemas informáticos de facturación) · Texto oficial

con los plazos del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre · Texto oficial

Fuentes

  • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre · ver la fuente
  • Agencia Tributaria, nota sobre la ampliación del plazo (Real Decreto-ley 15/2025) · ver la fuente
  • Agencia Tributaria, preguntas frecuentes sobre el ámbito de aplicación · ver la fuente
  • Agencia Tributaria, aplicación gratuita de facturación VERI*FACTU · ver la fuente